NUESTRAS FUNCIONES

 

USTED PUEDE PEDIR QUE EL CONSULADO:

  • Represente y proteja los intereses de la República y de los bolivianos sean personas naturales o jurídicas. El Consulado debe darle la máxima atención y cooperación a usted y a todos los connacionales bolivianos.

  • Le proteja a Usted y a sus intereses en el marco de las leyes y límites permitidos por el Derecho Internacional.

  • Actúe en calidad de Notario de fe Pública y Oficial de Registro Civil.

  • Le oriente en materia de asistencia jurídica, médica, administrativa, temas migratorios etc..

  • Le brinde asistencia en caso de accidentes.

  • Le informe a parientes o personas allegadas sobre accidentes, fallecimientos o catástrofes.

  • Se comunique con sus familiares o allegados para informarles de su situación y necesidades.

  • Solicite conocer el paradero de personas ante las autoridades locales.

  • Se interese por los connacionales detenidos o en prisión evitando que sufran discriminaciones, velando por que se les garantice pleno derecho de defensa en juicio y pudiendo transmitir mensajes a sus familiares o parientes.

  • Le oriente y coopere para garantizar su defensa en juicio.

  • Comunique decisiones judiciales y extrajudiciales y diligencie comisiones rogatorias.

  • Le expida Poderes y Cartas Poder.

  • Inscriba a recién nacidos otorgando Certificados de Nacimiento.

  • Vele por los intereses de menores e incapaces. Actúe en autorizaciones de viaje de menores.

  • Le coopere y oriente en cuestiones de sucesión por causa de muerte.

  • Legalice documentos.

  • Le otorgue Pasaportes y extienda documentos de viaje.

  • Le otorgue Salvoconductos.

  • Le otorgue Cartas de Nacionalidad y Ciudadanía.

  • Le otorgue Certificados de Residencia.

  • Le otorgue Certificados de situación de ancianos y beneméritos. (Vivencia)

  • Celebre matrimonios.

  • Preste cooperación a los trabajadores bolivianos que desarrollan actividades permanentes o temporales en el extranjero.

  • Actúe en casos de repatriación de bolivianos.

  • Realice otras actuaciones notariales, de registro civil y administrativas.

Es deber de todo boliviano inscribirse en el Consulado. La inscripción es gratuita.

 

EL CONSULADO HONORARIO DE BOLIVIA EN BILBAO NO PUEDE: 

  • Hacer las funciones de una agencia de viajes o líneas aéreas.

  • Gestionarle alojamiento o residencia.

  • Patrocinarlo en procesos judiciales o medie para evitar sentencias o condenas.

  • Otorgarle pasajes o medios para regresar a Bolivia.

  • Hacer las funciones de un banco o prestar servicios aduaneros.

  • Hacer las funciones de oficina de correos o dar servicios de mensajería.

  • Homologar títulos universitarios.

  • Homologar licencias de conducir.

  • Conseguirle un trabajo en el extranjero.

  • Conseguirle permiso de residencia y de trabajo.

  • Avalarle o prestarle dinero.

  • Hacerse cargo del pagar sus cuentas o gastos personales (facturas hoteleras, legales, médicas, etc.) o de cancelar tarjetas de crédito en caso de robo o extravío.

  • Poner a su disposición personal para que actúe como intérprete, guía o asistente social.